Sección I
Capítulo 3
CG2/03.021
Los pescados y los crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos, en los estados previstos en este Capítulo, pueden presentarse ocasionalmente en envases herméticos (por ejemplo, salmón simplemente ahumado, en latas) sin que por ello se modifique, en principio, su clasificación. Sin embargo, debe advertirse que los productos dispuestos en tales envases pertenecerán, en la mayoría de los casos, al Capítulo 16, bien por haber sido sometidos a una preparación distinta de las previstas en este Capítulo, bien porque su modo de conservación efectiva difiera igualmente de los procedimientos citados en este Capítulo.
Asimismo permanecen clasificados en este Capítulo los pescados y crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos (por ejemplo, el pescado fresco o refrigerado) cuando están acondicionados en envases según el método denominado “acondicionamiento en atmósfera modificada” (Modified Atmospheric Packaging (MAP)). Con este método (MAP) la atmósfera que rodea al producto se cambia o se controla por ejemplo, sustituyendo el oxígeno por nitrógeno o dióxido de carbono, o reduciendo el contenido de oxígeno y aumentando el de nitrógeno o dióxido de carbono).
Además de los productos ya citados, se excluyen de este Capítulo:
a) Los mamíferos de la partida 01.06;
b) La carne de los mamíferos de la partida 01.06 (partidas 02.08 ó 02.10);
c) Los desperdicios de pescado y las huevas saladas de bacalao, utilizadas como cebo para la pesca (partida 05.11);
d) La harina, polvo y « pellets» de pescado o de crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos, impropios para la alimentación humana (partida 23.01).
03.01 – PECES O PESCADOS, VIVOS.
0301.10 – Peces ornamentales
– Los demás peces o pescados, vivos:
0301.91 – – Truchas (Salmo trutta, Oncorhynchus mykiss, Oncorhynchus clarki, Oncorhynchus aguabonita, Oncorhynchus gilae, Oncorhynchus apache y Oncorhynchus chrysogaster)
0301.92 – – Anguilas (Anguilla spp.)
0301.93 – – Carpas
0301.99 – – Los demás
Esta partida comprende todos los peces o pescados vivos, cualquiera que sea la finalidad a la que se destinen (por ejemplo, peces ornamentales).
Los peces o pescados clasificados en esta partida se transportan normalmente en acondicionamientos apropiados (acuarios, peceras, etc.) que les permitan evolucionar en condiciones análogas a las de su medio natural.
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Nota explicativa de subpartida.
Subpartida 0301.10.
Se entenderá por peces ornamentales los peces vivos que por su color o su forma se destinan normalmente a fines ornamentales, principalmente en acuarios.
03.02– PESCADO FRESCO O REFRIGERADO, EXCEPTO LOS FILETES Y DEMÁS CARNE DE PESCADO DE LA PARTIDA 03.04.
– Salmónidos, excepto hígados, huevas y lechas:
0302.11 – – Truchas (Salmo trutta, Oncorhynchus mykiss, Oncorhynchus clarki, Oncorhynchus aguabonita, Oncorhynchus gilae, Oncorhynchus apache y Oncorhynchus chrysogaster)