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Sección IV

21.012/021

 

 

3)     Las preparaciones a base de extractos, esencias o concentrados de los anteriores apartados 1) y 2). Se trata de preparaciones a base de extractos, esencias o concentrados de café, té o yerba mate (y no los obtenidos por adición de café, té o yerba mate a otras sustancias), incluidos los extractos, etc., a los que, durante la fabricación, se les haya podido añadir almidón o hidratos de carbono.

 

4)     Las preparaciones a base de café, té o yerba mate. Entre estas preparaciones están comprendidas, principalmente:

 

a)    las pastas de café, compuestas de café tostado molido, grasas vegetales, etc., y, a veces, otros ingredientes; y

 

b)  las preparaciones a base de té que consistan en una mezcla de té, leche en polvo y azúcar.

 

5)     La achicoria y demás sucedáneos del café tostados y sus extractos, esencias y concentrados. Se trata de todos los productos tostados destinados a sustituir e imitar al café por infusión en agua caliente o para añadirlos al café. Estos productos se designan a veces con el nombre de café seguido del de la materia base (café de cebada, café de malta, café de bellotas, etc.).

 

La achicoria de la que aquí se trata es el producto de la torrefacción de la raíz de achicoria (Cichorium intybus var. sativum) de la partida 12.12. Es de color pardo negruzco y sabor amargo.

 

Para preparar los demás sucedáneos tostados del café suele utilizarse remolacha azucarera, zanahorias, higos, cereales (en particular, cebada, trigo, centeno), altramuces, habas de soja (soya), garbanzos, bellotas comestibles, huesos de dátiles o almendras, raíces de amargón o diente de león, castañas. La malta tostada que, en virtud de su acondicionamiento, esté patentemente destinada para su utilización como sucedáneo del café, está incluida igualmente en esta partida.

 

Estos productos pueden presentarse en trozos, granos, polvo o en forma de extractos líquidos o sólidos; pueden ser puros o estar mezclados entre sí o con otras sustancias (sal, carbonatos alcalinos, etc.). Suelen venderse acondicionados para la venta al por menor.

 

      Por el contrario, se excluyen de esta partida:

 

a)      Los sucedáneos del café tostados que contengan café en cualquier proporción (partida 09.01).

 

b)      El té aromatizado (partida 09.02).

 

c)      Los azúcares y melazas caramelizados. (partida 17.02).

 

d)      Los productos del Capítulo 22.

 

 

21.02 –    LEVADURAS (VIVAS O MUERTAS); LOS DEMÁS MICROORGANISMOS MONOCELULARES MUERTOS (EXCEPTO LAS VACUNAS DE LA PARTIDA 30.02); POLVOS DE LEVANTAR PREPARADOS.

 

2102.10Levaduras vivas

 

2102.20Levaduras muertas; los demás microorganismos monocelulares muertos

 

2102.30Polvos de levantar preparados