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Sección VI

36.061

 

 

 

36.06 –    FERROCERIO Y DEMÁS ALEACIONES PIROFÓRICAS EN CUALQUIER FORMA; ARTÍCULOS DE MATERIAS INFLAMABLES A QUE SE REFIERE LA NOTA 2 DE ESTE CAPÍTULO.

 

3606.10 –      Combustibles líquidos y gases combustibles licuados en recipientes del tipo de los utilizados para cargar o recargar encendedores o mecheros, de una capacidad inferior o iguala 300 cm3.

 

3606.90 –      Los demás.

 

 

I. – FERROCERIO Y DEMÁS ALEACIONES PIROFÓRICAS

EN CUALQUIER FORMA

 

 

Las aleaciones pirofóricas son aleaciones que por frotamiento contra superficies rugosas emiten chispas suficientes para 1a ignición del gas, la gasolina, la yesca u otras materias inflamables. Consisten, generalmente, en aleaciones de cerio y otros metales. La más usada es el ferrocerio.

 

Estos productos están comprendidos en esta partida, cualquiera que sea su forma de presentación y, en particular, cuando se presentan en forma de pequeños cilindros o barritas para mecheros (piedras para mecheros) o para otros encendedores mecánicos. Pueden presentarse acondicionados o no para la venta al por menor.

 

 

II. – ARTÍCULOS DE MATERIAS INFLAMABLES

 

 

Este grupo comprende únicamente:

 

A)     Los combustibles líquidos y gases combustibles licuados (gasolina o butano licuado, principalmente), presentados en recipientes del tipo de los utilizados para cargar o recargar los encendedores o mecheros (ampollas, frascos, latas, etc.) de capacidad inferior o igual a 300 cm3

 

Sin embargo, cuando constituyen partes de encendedores o mecheros, los cartuchos de recambio y demás recipientes (llenos o vacíos) se clasifican en la partida 96.13.

 

B)     Los combustibles sólidos siguientes:

 

1)      El metaldehído (meta) y la heximetilenotetramina (hexamina) cuando se presentan en tabletas, barritas o formas similares que impliquen su utilización como combustible. Cuando se presentan en otras formas (por ejemplo, en polvo o en cristales), estos productos se excluyen y se clasifican, respectivamente, en las partidas 29.12 y 29.33.

 

2)      Los productos químicos similares (aunque sean de constitución química definida) presentados en tabletas, barritas o formas similares que impliquen su utilización como combustibles.

 

C)     Los combustibles sólidos o pastosos siguientes:

 

Los combustibles sólidos o pastosos a base de alcohol que contienen, además, productos tales como jabones, materias gelatinosas, derivados de la celulosa (estos combustibles suelen venderse con el nombre de alcohol solidificado) y los combustibles preparados similares sólidos o pastosos.

 

Como ejemplo de combustibles preparados sólidos de este último tipo, se pueden citar las barritas de carbón vegetal en polvo que contienen pequeñas proporciones de nitrato de sodio destinado a favorecer la combustión y carboximetilcelulosa que sirve de aglomerante y que se destinan a consumirse lentamente en una estufilla prácticamente estanca al aire que puede llevarse en la ropa para servir de fuente de calor.