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Sección VI

37.023/031

 

 

 

3702.94 – –  De anchura superior a 16 mm pero inferior o igual a 35 mm y longitud superior a 30 m.

 

3702.95 – –  De anchura superior a 35 mm.

 

 

Esta partida comprende:

 

A)     Las películas fotográficas en rollos, de cualquier materia, excepto las de papel, cartón o textiles.

 

Estas superficies sensibles se presentan enrolladas (es decir en forma diferente a la plana). Están sensibilizadas pero sin impresionar y sirven para tomar un número más o menos grande de imágenes. El soporte es flexible y consiste generalmente, en poli(tereftalato de etileno) o acetatos de celulosa. Esta partida no comprende el papel, cartón o textiles sensibilizados, utilizados a veces como negativos que se clasifican en la partida 37.03.

 

Estas superficies sensibles pueden estar perforadas o no y protegidas de la luz por una caja o por una hoja de papel enrollado en espiral juntamente con la película o mediante otros embalajes.

 

Se clasifican aquí:

 

1)    Las películas cinematográficas que sirven para impresionar una serie continua de imágenes y cuyos anchos normales son 35, 16, 9,5 u 8 mm.

 

2)    Las películas fotográficas que sirven para tomar clichés estáticos.

 

Las películas fotográficas quedan comprendidas en esta partida cuando todavía no han sido cortadas a los formatos utilizables.

 

Estos artículos sirven, como las placas de la partida 37.01, para trabajos de aficionados o de profesionales, en radiografía, para la reproducción fotomecánica o para usos especiales. Las películas para radiografía casi siempre están sensibilizadas en las dos caras.

 

También se clasifican aquí las bandas y películas sensibilizadas para registro de sonido por procedimientos fotoeléctricos.

 

B)      Las películas fotográficas autorrevelables, en rollos.

 

Las películas fotográficas autorrevelables en rollos permiten obtener en un tiempo muy corto fotografias positivas acabadas. Estos artículos están compuestos de una película sensibilizada de cualquier materia, tal como el acetato de celulosa, poli(tereftalato de etileno) y otras materias plásticas, papel, cartón o textiles (negativos), de una banda de papel tratado especialmente (positivo) y de un revelador.

 

Por el contrario, se excluyen las películas fotográficas planas autorrevelables, sensibilizadas sin impresionar (p. 37.01).

 

Además se excluyen de esta partida:

 

a)        Las superficies sensibilizadas sin enrollar (placas) y sin impresionar (p. 37.01).

 

b)        Las películas sin sensibilizar, de materias plásticas (capítulo 39).

 

c)        Las bandas y películas preparadas para la grabación de sonido por procedimientos distintos de los fotoeléctricos, pero sin impresionar (p. 85.23).

 

37.03 –    PAPEL, CARTÓN Y TEXTILES, FOTOGRÁFICOS, SENSIBILIZADOS, SIN IMPRESIONAR.

 

3703.10En rollos de anchura superior a 610 mm.

 

3703.20Los demás, para fotografía en colores (polícroma).

 

3703.90Los demás.