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Sección XI

61.152/171

 

 

       Se excluyen de esta partida:

 

a)      Los patucos para bebés sin piso aplicado (p. 61.11).

b)      Las medias, calcetines, .y artículos similares, que no sean de punto (p. 62.17 normalmente).

c)      Los patucos o zapatillas de punto con suela exterior encolada, cosida o fijada o aplicada de otro modo a la parte superior (capítulo 64).

d)      Las polainas, incluidas las medias de montaña sin pie (calentadores), con trabilla o sin ella (p. 64.06).

 

 

61.16 -      GUANTES, MITONES Y MANOPLAS, DE PUNTO.

 

                   6116.10      -     Impregnados, recubiertos o revestidos con plástico o caucho.

 

                                      -     Los demás:

 

                   6116.91      - -         De lana o de pelo fino.

 

                   6116.92      - -         De algodón.

 

                   6116.93      - -         De fibras sintéticas.

 

                   6116.99      - -         De las demás materias textiles.

 

      Esta partida comprende los guantes y similares de punto, sin hacer distinción entre los de mujeres o niñas, y los de hombres o niños. Se trata aquí tanto de los guantes en los que todos los dedos están separados unos de otros como de las manoplas que tienen como máximo una separación para el pulgar y de los mitones, que dejan al descubierto la punta de los dedos. Los guantes pueden ser cortos y llegar hasta la muñeca o semilargos o largos de modo que recubran el antebrazo e incluso algunas veces una parte del brazo.

 

      Los guantes y similares de punto, sin terminar se clasifican también aquí, siempre que presenten las características esenciales.

    

      Se excluyen de esta partida:

 

a)      Los guantes, mitones y manoplas, de punto, forrados interiormente con peletería natural o artificial, o con partes exteriores de  peletería natural o artificial, que no sean simples adornos (ps. 43.03 ó 43.04).

b)      Los guantes, mitones y manoplas para bebés (p. 61.11).

c)      Los guantes y similares de materias textiles, que no sean de punto (p. 62.16).

d)      Los guantes (manoplas) para fricciones y los guantes de tocador (p. 63.02).

 

 

61.17 -      LOS DEMÁS COMPLEMENTOS (ACCESORIOS) DE VESTIR CONFECCIONADOS, DE PUNTO; PARTES DE PRENDAS O DE COMPLEMENTOS (ACCESORIOS) DE VESTIR, DE PUNTO.

 

                   6117.10      -     Chales, pañuelos de cuello, bufandas, mantillas, velos y artículos similares.

 

                   6117.20      -     Corbatas y lazos similares.

 

                   6117.80      -     Los demás complementos (accesorios) de vestir.

 

                   6117.90      -     Partes.