Sección XI
I -63.03/041
63.03 - VISILLOS Y CORTINAS; GUARDAMALLETAS Y RODAPIÉS DE CAMA.
- De punto:
6303.12 - - De fibras sintéticas.
6303.19 - - De las demás materias textiles.
- Los demás:
6303.91 - - De algodón.
6303.92 - - De fibras sintéticas.
6303.99 - - De las demás materias textiles.
Esta partida comprende:
1) Los visillos y cortinas que se colocan, por ejemplo, en el interior ante las ventanas o que se utilizan para cerrar el escenario de un teatro, trastero, etc. Las cortinas pueden estar confeccionadas con tejidos ligeros o gruesos.
2) Las cortinas de interior, que son más o menos opacas y generalmente con un dispositivo de enrollamiento con muelle (por ejemplo, las de vagones de ferrocarril).
3) Las guardamalletas, que son bandas de tejido que se colocan en la parte superior de las ventanas sobre las cortinas, o los rodapiés de cama, que son artículos análogos que se utilizan sobre las camas con fines estéticos o decorativos.
Esta partida comprende igualmente las telas de longitud indeterminada con un trabajo de confección suficientemente característico para que no haya duda de que se destinan a transformarlas en artículos terminados de esta rúbrica y esto después de una mano de obra elemental: tal es el caso principalmente de las piezas de tela en las que uno de los bordes está adornado con un volante y que están manifiestamente diseñadas para transformarlas en cortinas terminadas por simple corte transversal en la longitud deseada y ribeteado.
Se excluyen de esta partida los toldos comprendidos en la partida 63.06.
63.04 - LOS DEMÁS ARTÍCULOS DE TAPICERÍA, EXCEPTO LOS DE LA PARTIDA 94.04.
- Colchas:
6304.11 - - De punto.
6304.19 - - Las demás.
- Los demás:
6304.91 - - De punto.
6304.92 - - De algodón, excepto los de punto.
6304.93 - - De fibras sintéticas, excepto los de punto.
6304.99 - - De las demás materias textiles, excepto los de punto.