Sección XV
74.112/13
Los tubos se definen en la Nota 1 h) de este capítulo.
Las disposiciones de la Nota explicativa de las partidas 73.04 a 73.06 son válidas mutatis mutandis para esta partida en cuanto al alcance y a los procedimientos de fabricación de los productos que engloba.
La mayor parte de los tubos de cobre no tienen soldadura, pero en algunos casos pueden obtenerse soldando los bordes de bandas o por otros métodos. Los tubos sin soldadura se obtienen generalmente por perforado y extrusión de un tocho para obtener un esbozo que se lamina o estira a través de una matriz de las dimensiones deseadas. En algunos casos, los tubos pueden extrudirse ya a la dimensión final sin estirado.
Los tubos de cobre tienen numerosas aplicaciones en la industria (principalmente en la fabricación de aparatos para cocer, calentar, enfriar, destilar, rectificar o evaporar) y se utilizan en la industria de la construcción para las conducciones de aprovisionamiento de agua o de gas para uso doméstico o general. Los tubos de condensadores de aleaciones de cobre se utilizan ampliamente en los barcos e instalaciones hidráulicas por su elevada resistencia a la corrosión, especialmente a la corrosión marina.
Se excluyen de esta partida:
a) Los perfiles huecos, incluidos los tubos de aletas obtenidos por extrusión (p. 74.07).
b) Los accesorios de tubería (p. 74.12).
c) Los tubos con aletas aplicadas, por ejemplo, por soldadura (p. 74.19, generalmente).
d) Los tubos flexibles (p. 83.07).
e) Los tubos transformados en manufacturas identificables clasificadas en otros capítulos, principalmente los órganos de máquinas (sección XVI).
74.12 - ACCESORIOS DE TUBERÍA (POR EJEMPLO: RACORES (EMPALMES), CODOS O MANGUITOS), DE COBRE.
7412.10 - De cobre refinado.
7412.20 - De aleaciones de cobre.
Las disposiciones de la Nota explicativa de la partida 73.07 son aplicables mutatis mutandis a las manufacturas de esta partida.
Se excluyen de esta partida:
a) Los pernos y tuercas utilizados en el montaje y ensamblado de tubos (p. 74.15).
b) Los accesorios de tubería con grifos, válvulas, etc. (p. 84.81).
74.13 - CABLES, TRENZAS Y ARTÍCULOS SIMILARES, DE COBRE, SIN AISLAR PARA ELECTRICIDAD.
Las disposiciones de la Nota explicativa de la partida 73.12 son aplicables mutatis mutandis a los artículos de esta partida.
Dada la elevada conductibilidad eléctrica del cobre, se utiliza corrientemente en la fabricación de alambres y cables eléctricos; quedan comprendidos aquí aunque tengan un alma de acero o de otro metal, siempre que el cobre predomine en peso (véase la Nota 7 de la sección XV).
Sin embargo, esta partida no comprende los alambres y cables aislados para electricidad (p. 85.44).