Sección XV
80.01/051
80.01 - ESTAÑO EN BRUTO.
8001.10 - Estaño sin alear.
8001.20 - Aleaciones de estaño.
Esta partida comprende el estaño en bruto, en masas, bloques, lingotes, galápagos, panes, placas, varillas o granalla. Estos productos se destinan al estañado o, por ejemplo, a la laminación, extrusión en una prensa o refundición.
Se excluyen de esta partida el polvo y partículas de estaño (p. 80.05).
80.02 - DESPERDICIOS Y DESECHOS, DE ESTAÑO.
Las disposiciones de la Nota explicativa de la partida 72.04 relativas a los mismos productos de metales férreos son aplicables mutatis mutandis a los desperdicios y desechos de estaño.
Esta partida no comprende:
a) Las cenizas y residuos de la fabricación del estaño (p. 26.20).
b) Los lingotes y formas en bruto similares coladas a partir de desperdicios y desechos de estaño refundidos (p. 80.01).
80.03 - BARRAS, PERFILES Y ALAMBRE, DE ESTAÑO.
Los productos de la presente partida, definidos en las Notas 1 a), 1 b) y 1 c) del presente capítulo, son análogos a los artículos de cobre descritos en la Nota explicativa de las partidas 74.07 y 74.08 y las disposiciones de ésta le son aplicables mutatis mutandis.
Están también clasificadas aquí las varillas de soldar de aleaciones de estaño, que se obtienen generalmente por extrusión en una prensa, aunque estén cortadas en longitudes determinadas, pero sin recubrir, si no se clasifican en la partida 83.11.
Esta partida no comprende las varillas de estaño simplemente coladas destinadas, por ejemplo, a la laminación, extrusión o refundición (p. 80.01).