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Sección XVI

84.014/ 021

 

 

 

1)      Las centrifugadoras especiales, llamadas centrifugadoras de gas (hexafluoruro de uranio) en las que el rotor cilíndrico, de materia plástica o de acero, gira a una velocidad muy elevada.

 

             Estas centrifugadoras están tratadas interiormente para resistir la corrosión por el hexafluoruro de uranio. En la práctica, se utiliza un número muy elevado de unidades reunidas en cascada y que funcionan en corriente o a contracorriente.

 

2)      Los aparatos para la separación de los isótopos de uranio por difusión gaseosa. En estos aparatos, el hexafluoruro de uranio gaseoso pasa por el interior de recintos (que pueden ser tubulares) a través de un tabique poroso (barrera) y se separa en dos fracciones cuyo contenido de U 235 es ligeramente diferente del correspondiente al gas inicialmente tratado en el proceso. Repitiendo la operación un gran número de veces, se puede obtener hexafluoruro de U 235 puro.

 

3)      Los aparatos llamados por tobera (procedimiento BECKER) en los que un flujo de gas (hexafluoruro de uranio y helio o hidrógeno) se inyecta a gran velocidad en una tobera muy curvada a la salida de la cual una cuchilla permite separar la fracción enriquecida de hexafluoruro de uranio.

 

      Los calutrones que utilizan la separación electromagnética se clasifican también en esta partida.

 

      Salvo lo dispuesto con carácter general respecto a la clasificación de partes (véanse las Consideraciones generales de la sección), están igualmente comprendidas aquí las partes de máquinas o aparatos de este grupo.

 

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      Se excluyen además de esta partida:

 

a)      Los hornos para la separación por procedimientos pirometalúrgicos de los combustibles nucleares irradiados (ps. 84.17 u 85.14, según los casos).

 

b)      Los aparatos para la separación de los combustibles irradiados o para el tratamiento de los desechos radiactivos por destilación fraccionada (excepto los de fabricación de agua pesada) (p. 84.19).

 

c)      Los filtros de aire especialmente proyectados para la eliminación del polvo radiactivo (de acción física o electrostática), los depuradores de carbón activo para retener el lodo radiactivo, los aparatos intercambiadores de iones para la separación de elementos radiactivos (incluidos los que funcionan por electrodiálisis) y los aparatos para la separación de los combustibles irradiados o para el tratamiento de desechos por intercambio de iones o por vía química (p. 84.21).

 

 

84.02 -      CALDERAS DE VAPOR (GENERADORES DE VAPOR), EXCEPTO LAS DE CALEFACCIÓN CENTRAL CONCEBIDAS PARA PRODUCIR AGUA CALIENTE Y TAMBIÉN VAPOR A BAJA PRESIÓN; CALDERAS DENOMINADAS «DE AGUA SOBRECALENTADA».

 

                                      -     Calderas de vapor:

 

                   8402.11      - -         Calderas acuotubulares con una producción de vapor superior a 45 t por hora.

 

                   8402.12      - -         Calderas acuotubulares con una producción de vapor inferior o igual a 45 t por hora.

 

                   8402.19      - -         Las demás calderas de vapor, incluidas las calderas mixtas.

 

                   8402.20      -     Calderas denominadas «de agua sobrecalentada».

 

                   8402.90      -     Partes.