Sección XVI
84.334/341
Las máquinas para la limpieza o la clasificación de granos o legumbres secas están, por el contrario, clasificadas en la partida 84.37.
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Algunas máquinas y aparatos de esta partida (cosechadoras, trilladoras, prensas recogedoras, clasificadoras, seleccionadoras, etc.) incorporan aparatos auxiliares de manipulación o de alimentación, tales como transportadores de banda, apiladores, elevadores de paja, cadenas de cangilones, etc., que siguen el régimen de la máquina si se presentan con ella. Cuando se presentan separadamente, se clasifican en la partida 84.28.
PARTES
Salvo lo dispuesto con carácter general respecto a la clasificación de partes (véanse las Consideraciones generales de la sección), están igualmente comprendidas aquí las máquinas, aparatos y artefactos de esta partida, tales como:
Barras de corte, mecanismos de elevación y dedos de guadañadoras o segadoras; bielas oscilantes para la transmisión del movimiento a las barras de corte de las cortadoras de césped o de las guadañadoras; separadores, divisores, rastrillos, cepillos, mesas y mecanismos de atar de las segadoras- gavilladoras y atadoras; tambores para hacer andanas; delantales de corte, batidores, contrabatidores, sacudidores, expulsores de pacas de cosechadoras o de trilladoras; rejas, garfios, horquillas, fresas y demás útiles de arrancadoras; tambores y horquillas de henificadoras; dientes y mecanismos elevadores de rastrillos; rastrillos de recogedoras atadoras.
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Se excluyen de esta partida:
a) Las cuchillas y partes de cuchillas de guadañadoras y las cuchillas de cortadoras de césped (p. 82.08).
b) Las elevadoras de gavillas, elevadoras de paja o de sacos. ensiladoras neumáticas, descargadores de forraje de ganchos, elevadores de granos de cangilones, paleadoras neumáticas de granos, grúas agrícolas y demás artefactos de elevación o de manipulación (ps. 84.26 u 84.28).
c) Las máquinas para talar o arrancar árboles, así como los cortapajas, cortarraíces y picadoras ensiladoras, las trituradoras, molinos y fragmentadores de grano de tipo rural, las máquinas para mirar huevos (p. 84.36).
d) Las limpiadoras, clasificadoras y cribadoras de granos o de legumbres secas, así como las máquinas y aparatos de molinería (p. 84.37).
a) Las desmotadoras de algodón (p. 84.45).
b) Las máquinas para desvenar y las máquinas para picar el tabaco (p. 84.78).
84.34 - MÁQUINAS PARA ORDEÑAR Y MÁQUINAS Y APARATOS PARA LA INDUSTRIA LECHERA.
8434.10 - Máquinas para ordeñar.
8434.20 - Máquinas y aparatos para la industria lechera.
8434.90 - Partes.
Además de las máquinas para el ordeño mecánico, esta partida comprende todas las máquinas y aparatos, tanto rurales como industriales, para el tratamiento de la leche o la transformación en productos lácteos.