Sección XVI
84.813
10) Los purgadores automáticos (de flotador, de diafragma, etc.) para la eliminación del agua de condensación de los circuitos de vapor, incluso los propios depósitos de condensación, si el conjunto forma cuerpo. Quedan comprendidos aquí los purgadores cuyo obturador se acciona mediante un elemento termostático (lámina bimetálica o cápsula) colocado en el propio cuerpo de los aparatos (purgadores termostáticos).
11) Las bocas y tomas de agua contra incendios, grifos para las bocas contra incendios, lanzas para incendios o para regar con dispositivo para regular el chorro.
Los rociadores mecánicos contra incendios y los aparatos mecánicos para regar los jardines se clasifican en la partida 84.24.
12) Los grifos mezcladores con entrada de varias vías que desembocan en una cámara de mezcla. Se clasifican igualmente en esta partida las válvulas termostáticas de mezcla con un elemento termosensible de tensión regulable que acciona los obturadores de admisión en la cámara de mezcla de fluidos a temperaturas diferentes.
13) Las válvulas de evacuación de aguas sucias, para bañeras, lavabos, etc., excepto los simples tapones que se colocan a mano (régimen de la materia constitutiva).
14) Las válvulas para lastre, así como las demás válvulas sumergidas para buques.
15) Los grifos con un tubo flexible o telescópico para engrasar árboles u otros órganos de transmisión de buques o máquinas.
16) Las cabezas de sifón para botellas de agua gaseada.
17) Los dispositivos de presión para la apertura o cierre de recipientes de tipo pulverizador constituidos por una tapa metálica con un botón empujador de aguja móvil que obtura el orificio de salida del gas o del líquido desinfectante, insecticida, etc., contenido en el recipiente.
18) Las espitas para cubas, toneles, barriles, pipas, etc.
19) Los grifos para las máquinas de llenar botellas, diseñadas de modo que se cierren automáticamente en cuanto el nivel del líquido alcanza el gollete de la botella.
20) Los aparatos para tirar cerveza en los mostradores, constituidos esencialmente por uno o varios grifos accionados a mano y alimentados por la presión del gas carbónico introducido en los barriles de cerveza
PARTES
Salvo lo dispuesto con carácter general respecto a la clasificación de partes (véanse las Consideraciones generales de la sección), están igualmente comprendidas aquí las partes de los artículos de esta partida.
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Se excluyen además de esta partida:
a) Los artículos de grifería de caucho vulcanizado sin endurecer (p. 40.16), de productos cerámicos (ps. 69.03 y 69.09) o de vidrio (ps. 70.17 ó 70.20).
b) Los sifones de evacuación de aguas sucias para fregaderos, lavabos, cuartos de baño, así como las cisternas con mecanismo o sin él, que siguen el régimen de la materia constitutiva (por ejemplo, ps. 39.22, 69.10, 73.24).
c) Los reguladores centrífugos para máquinas de vapor (p. 84.12).
d) Los inyectores de calderas y las bombas de inyección (p. 84.13).
e) Las pistolas aerográficas, los pulverizadores de aire comprimido, etc. (p. 84.24).
f) Las pistolas de engrase de aire comprimido (p. 84.67).
g) Los sopletes de la partida 84.68.
h) Los grifos dosificadores para la distribución de helados, alcoholes, leche, etc, (p. 84.79).