Sección XVII
87.122/141
Independientemente de los velocípedos ordinarios, esta partida comprende diversos tipos especializados, tales como:
1) Los triciclos de reparto diseñados generalmente en forma de un conjunto articulado que comprende una caja, a veces, isotérmica que se apoya en dos ruedas portadoras delanteras.
2) Los tándemes y tripletas.
3) Los monociclos y las bicicletas especialmente diseñadas para los artistas de circo caracterizadas por la ligereza, la rueda de piñón fijo, etc.
4) Las bicicletas para inválidos (por ejemplo, las provistas de un dispositivo que permita pedalear con una sola pierna).
5) Las bicicletas equipadas con estabilizadores con pequeñas ruedas laterales, generalmente fijos al buje de la rueda trasera.
6) Las bicicletas de carreras.
7) Los cuatriciclos con varios asientos y juegos de pedales, todo ello encerrado en una carrocería ligera.
8) Los patinetes tipo bicicleta concebidos para niños, adolescentes y adultos, con un solo pedal enganchado a una cadena y a un sistema de piñones, con una columna de dirección regulable tipo bicicleta y manillar, ruedas inflables, bastidor y frenos de mano.
Los velocípedos sin motor equipados con sidecares se clasifican aquí, pero los sidecares presentados aisladamente corresponden a la partida 87.11.
Se excluyen además de esta partida:
a) Los velovías para la inspección de las vías férreas (p. 86.04).
b) Los velocípedos equipados con motor auxiliar (p. 87.11).
c) Los velocípedos (excepto las bicicletas) para niños (p. 95.01).
d) Las bicicletas especiales utilizables únicamente para atracciones de feria (p. 95.08).
87.13 - SILLONES DE RUEDAS Y DEMÁS VEHÍCULOS PARA INVÁLIDOS, INCLUSO CON MOTOR U OTRO MECANISMO DE PROPULSIÓN.
8713.10 - Sin mecanismo de propulsión.
8713.90 - Los demás.
Esta partida comprende los sillones de ruedas y demás vehículos especialmente preparados para el transporte de inválidos (enfermos, paralíticos, mutilados, etc.), con mecanismo de propulsión o sin él.
Los vehículos con mecanismo de propulsión son accionados generalmente con un motor, o bien, a mano por medio de palancas o manivelas. Los demás vehículos (sillas y sillones de ruedas) se empujan a mano o los maniobran directamente los inválidos con las manos sobre las ruedas.
Por el contrario, se excluyen de aquí:
a) Los vehículos simplemente adaptados para el uso por inválidos, como por ejemplo, los vehículos automóviles con un embrague o un acelerador de mano (p. 87.03), las bicicletas con dispositivos que permitan pedalear con una sola piena (p. 87.12).
b) Las camillas con ruedas (p. 94.02).
87.14 - PARTES Y ACCESORIOS DE VEHÍCULOS DE LAS PARTIDAS 87.11 A 87.13.
- De motocicletas (incluidos los ciclomotores).