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Sección XVIIII

92.072/081

 

 

3)      Los generadores de condensadores variables, que giran a velocidad constante por la acción de un motor.

 

C)     Generadores de sonidos de tubos (o válvulas) electrónicos osciladores, incluidos los tubos osciladores de descarga gaseosa.

 

D)     Generadores de sonidos de célula fotoeléctrica, en los que un rayo luminoso que pasa por un disco con orificios se proyecta sobre una célula. Calculando cuidadosamente el número de aberturas del disco, se produce un número correspondiente de variaciones de corriente que, al ser amplificadas, producen el sonido deseado.

 

      Algunos instrumentos de esta partida, que llevan, según los casos, los nombres de pianos, órganos, acordeones, carillones, etc., electromagnéticos, electrostáticos, electrónicos, radioeléctricos, fotoeléctricos -pero que casi siempre se designan con nombres comerciales registrados-, permiten reproducir con gran fidelidad los sonidos de casi todos los instrumentos musicales, simplemente cambiando los registros. Se denominan monofónicos cuando sólo dan una sucesión de sonidos individuales o polifónicos, si producen simultáneamente varios sonidos (como en el caso de los órganos de este tipo).

 

      Algunos de estos instrumentos pueden tocarse, además. aisladamente o adaptarse a un piano normal y entonces el ejecutante toca el aparato con la mano derecha, haciendo el acompañamiento de la izquierda con el piano. En este último caso, el instrumento, incluso si se presenta con el piano, se clasifica en esta partida.

 

      Aunque generalmente necesarios para el funcionamiento normal de estos instrumentos, los aparatos eléctricos o electrónicos y, principalmente, el sistema amplificador-altavoz, siguen su propio régimen (capítulo 85), en los casos en que no formen cuerpo con el instrumento; sin embargo, cuando estos aparatos están incorporados a los instrumentos a los que se destinan o alojados en la misma caja, siguen el régimen de estos instrumentos, aun cuando se hayan envasado separadamente para facilitar el transporte.

 

      Esta partida no comprende los relojes de tipo mural con esfera horaria, que forman parte de la instalación de ciertos carillones electrónicos cuya sonería da automáticamente las horas y fracciones de horas y que corresponden al capítulo 91.

 

 

92.08 -      CAJAS DE MÚSICA, ORQUESTRIONES, ORGANILLOS, PÁJAROS CANTORES, SIERRAS MUSICALES Y DEMÁS INSTRUMENTOS MUSICALES NO COMPRENDIDOS EN OTRA PARTIDA DE ESTE CAPÍTULO; RECLAMOS DE CUALQUIER CLASE; SILBATOS, CUERNOS Y DEMÁS INSTRUMENTOS DE BOCA, DE LLAMADA O AVISO.

 

                   9208.10      -     Cajas de música.

 

                   9208.90      -     Los demás.

 

 

A. - INSTRUMENTOS MUSICALES NO COMPRENDIDOS

EN OTRA PARTIDA DE ESTE CAPÍTULO

 

      Se pueden citar especialmente:

 

1)      Las cajas de música. Se da este nombre a pequeños mecanismos que tocan automáticamente aires musicales, incorporados en cajas, estuches u otros continentes. Constan esencialmente de un cilindro con púas o clavijas, representantes de las notas del aire musical a tocar golpeando sobre las láminas vibrantes de una especie de peine de acero, afinadas según los tonos de las notas correspondientes a las púas del cilindro. Estos órganos están sobre una platina y el cilindro se mueve merced a un mecanismo de relojería, al que se da cuerda con una llave, o directamente con una manivela. En algunos casos, el cilindro está sustituido por un disco metálico con orificios o relieves que representan las notas del trozo musical que toca.