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Sección XIX

93.032/041

 

 

3)      Las armas de avancarga que no están diseñadas para tirar cartuchos ni pueden hacerlo.

 

4)      Las pistolas lanzacohetes y demás artefactos diseñados únicamente para lanzar cohetes de señales.

 

5)      Las pistolas y revólveres detonadores o inofensivos, que sólo tiran sin bala. Su cañón puede ser macizo (sin horadar) o taponado, con un orificio para el escape de los gases. Existen también revólveres en los que los alveolos del tambor son cónicos, así como pistolas sin cañón para señalar el comienzo de las carreras. Pueden utilizarse en el teatro o para dar la señal de salida en las carreras. En este último caso, estas pistolas pueden llevar dispositivos eléctricos para accionar los aparatos de cronometraje.

 

6)      Las pistolas de matarife, con clavija, que tienen aspecto de pistolas para tiro de fogueo, en las que la explosión impulsa una clavija que se desliza por el cañón y mata o aturde al animal. Esta clavija no se desprende de la pistola y vuelve a su sitio para el disparo siguiente.

 

             Las pistolas de pelotas (generalmente de gran calibre) que se utilizan para abatir los animales se clasifican en la partida 93.02.

 

7)      Los cañones lanzacabos, utilizados principalmente a bordo de los barcos o en los puestos de salvamento para lanzar generalmente un cabo y establecer así un enlace destinado a facilitar las operaciones de salvamento.

 

8)      Los cañones y fusiles lanzaarpones, que sirven para arponear animales marinos (peces, mamíferos, tortugas, etc.) por medio de un arpón unido a un cable.

 

9)      Los cañones de señales, cañones y morteros lanzapetardos, cañones anunciadores, que se utilizan respectivamente para fogueo, para dar la alarma (por ejemplo, en los puestos de salvamento), celebrar un acontecimiento o anunciar la presencia de cazadores furtivos, ladrones, etc.

 

10)    Los cañones granífugos, especie de cañones de chapa, de forma troncocónica, cuya descarga sobre una nube de granizo tiene por objeto resolverla en lluvia.

 

      Se excluyen de esta partida las herramientas (pistolas) para remachar, introducir tacos, fijar clavijas, topes que funcionan por medio de un cartucho detonante (p. 82.05).

 

 

93.04 -      LAS DEMÁS ARMAS (POR EJEMPLO: ARMAS LARGAS Y PISTOLAS DE MUELLE (RE-SORTE), AIRE COMPRIMIDO O GAS, PORRAS), EXCEPTO LAS DE LA PARTIDA 93.07.

 

      Esta partida agrupa todas las demás armas, excepto las armas de fuego de las partidas 93.01 a 93.03 y las armas blancas de la partida 93.07.

 

      Comprende entre otras:

 

1)      Las porras, defensas, vergajos y objetos similares para uso de la policía, así como los bastones plumados.

2)      Las llaves de pugilato, piezas de metal fabricadas de manera que se adaptan al puño cerrado y con las que pueden asestarse golpes.

3)      Las hondas y tiradores, que pueden presentarse en forma de bastón y que permiten tirar contra los pájaros o alimañas.

            Las hondas que tengan el carácter de juguetes se clasifican en la partida 95.03.

4)      Las escopetas, rifles y pistolas de aire comprimido. Tienen la forma habitual de las armas de fuego similares, pero poseen un dispositivo que comprime una columna de aire que, al accionar el gatillo, pasa al cañón del arma e impulsa el proyectil.