<< anterior - siguiente >>


Sección XX

94.053/061

 

 

5)      Los cuerpos de linternas.

6)      Los espejos de los reflectores.

7)      Los tubos o chimeneas para lámparas (con estrechamiento, con abultamientos, etc.).

8)      Los pequeños cilindros de vidrio grueso para lámparas de mineros.

9)      Los difusores (incluidos los difusores de alabastro).

10)    Los platillos, copas, copelas, pantallas (incluidas sus armaduras), globos, tulipas y artículos similares.

11)    Las piezas para lámparas tales como bolas, almendras, florones, colgantes, aplicaciones y artículos análogos que, por sus dispositivos de fijación y sus dimensiones, especialmente, sean reconocibles como destinadas al guarnecido de lámparas.

 

      Las partes no eléctricas de artículos de esta partida combinadas con partes eléctricas se clasifican aquí. Las partes eléctricas de estos artículos (por ejemplo, casquillos, conmutadores, interruptores, transformadores, cebadores, reactancias), presentados aisladamente, se clasifican en el capítulo 85.

 

      Se excluyen también de esta partida:

 

a)      Las velas (p. 34.06).

b)      Las antorchas y hachos de resina (p. 36.06).

c)      Los anuncios, placas de reclamo, placas indicadoras y artículos similares, no luminosos o iluminados por un manantial de luz que no esté fijado permanentemente (p. 39.26, capítulo 70, p. 83.10, etc.).

d)      Los globos impresos provistos de iluminación interior de la partida 49.05.

e)      Las mechas de materias textiles tejidas, trenzadas o de punto, para lámparas (p. 59.08).

f)       Las cuentas de vidrio y artículos similares de rocalla o de abalorio (por ejemplo, sencillos flecos hechos con cuentas o tubitos ensartados y destinados a embellecer las pantallas de las lámparas), (p. 70.18).

g)      Los aparatos eléctricos de alumbrado y señalización para ciclos y automóviles (p. 85.12).

h)      Las lámparas (bombillas) y tubos de incandescencia o de descarga (incluidos los que tienen forma de arabescos, letras, cifras, estrellas, etc.), así como las lámparas de arco (p. 85.39).

ij)      Los aparatos y dispositivos (incluidas las lámparas de encendido eléctrico) para la producción de destellos en fotografía y en cinematografía (p. 90.06).

k)      Los transmisores ópticos de señales luminosas (p. 90.13).

1)      Las lámparas para diagnóstico, para sondas y para irradiación u otras aplicaciones en medicina (p. 90.18).

m)     Los artículos de decoración, tales como faroles, farolillos de papel, etc. (p. 95.05).

 

 

94.06 -      CONSTRUCCIONES PREFABRICADAS.

 

      Esta partida comprende las construcciones prefabricadas llamadas, a veces, construcciones industrializadas, de cualquier materia.

 

      Estas construcciones, proyectadas para los más variados usos, tales como viviendas, casetas de obra, oficinas, escuelas, almacenes, hangares, garajes, etc., se presentan generalmente en forma de:

-     construcciones completas, enteramente montadas y listas para utilizarlas;

-     construcciones completas, sin montar;

-     construcciones incompletas, montadas o sin montar, pero presentando ya las características esenciales de una construcción prefabricada;

 

      En el caso de construcciones que se presenten sin montar, los elementos necesarios para la edificación pueden presentarse parcialmente ensamblados (por ejemplo, paredes o cubiertas) o cortados con las dimensiones definitivas (vigas o durmientes, principalmente), o bien, en algunos casos, en longitudes indeterminadas para ajustarlos en el momento de montarlos (vigas de apoyo, materias aislantes, etc.).