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Sección XI

Capítulo 61

Notas2/CG1

 

  

4.-     Las partidas n 61.05 y 61.06 no comprenden las prendas de vestir con bolsillo por debajo de la cintura o con acanalado elástico u otro medio para ceñir el bajo de la prenda, ni las prendas que tengan una media de menos de 10 puntos por centímetro lineal en cada dirección, contados en una superficie mínima de 10 x 10 cm. La partida 61.05 no comprende las prendas sin mangas.

 

5.-     La partida 61.09 no comprende las prendas de vestir con acanalado elástico, cordón corredizo u otro medio para ceñir el bajo.

 

6.-     En la partida 61.11:

 

a)       la expresión prendas v complementos (accesorios), de vestir, para bebés se refiere a los artículos para niños de corta edad de estatura no superior a 86 cm; comprende también los pañales;

b)      los artículos susceptibles de clasificarse en la partida 61.11 y en otras partidas de este Capítulo se clasificarán en la partida 61.11.

         

7.-     En la partida n° 61.12, se entiende por monos (overoles) y conjuntos de esquí, las prendas de vestir o surtidos de prendas de vestir que, por su aspecto general y su textura, sean identificables como desti­nados principalmente para uso en la práctica del esquí (alpino o de fondo). Se componen de:

 

a)       un mono (overol) de esquí, es decir, una prenda de una sola pieza que cubre la parte superior y la inferior del cuerpo; además de mangas y cuello este artículo puede llevar bolsillos y trabillas; o

b)      un conjunto de esquí, es decir, un surtido de prendas de vestir que comprenda dos o tres prendas, acondicionado para la venta al por menor y compuesto por:

-     una sola prenda del tipo anorak, cazadora o artículo similar, con cierre de cremallera (cierre relámpago), eventualmente acompañada de un chaleco, y

-     un solo pantalón, aunque suba por encima de la cintura, o de un solo pantalón con peto.

      El conjunto de esquí puede también estar compuesto por un mono (overol) de esquí del tipo mencionado anteriormente y por una especie de chaqueta (saco) acolchada sin mangas que se viste sobre el mono (overol).

      Todos los componentes del conjunto de esquí deben estar confeccionados con una tela de la  misma textura, estilo y composición, del mismo color o de colores distintos; además, deben ser de tallas correspondientes o compatibles.

 

8.-     Las prendas de vestir susceptibles de clasificarse en la partida 61.13 y en otras partidas de este Capítulo,   excepto en la partida 61.11, se clasificarán en la partida 61.13.

 

9.-     Las prendas de vestir de este Capítulo que se cierren por delante de izquierda sobre derecha se consi­derarán como prendas para hombres o niños, y aquellas que se cierren por delante de derecha sobre izquierda, como prendas para mujeres o niñas. Estas disposiciones no se aplicarán cuando el corte de la prenda indique manifiestamente que ha sido concebida para uno u otro sexo.

 

      Las prendas que no sean identificables, bien como prendas para hombres o niños, bien como prendas para mujeres o niñas, se clasificarán con estas últimas.

 

10.-   Los artículos de este Capítulo pueden confeccionarse con hilos de metal.

 

 

   
Nota Explicativa de aplicación nacional:
1.   Sin perjuicio de lo dispuesto en la Nota legal 5 del presente Capítulo, la partida 61.09 también incluye a las camisetas sin mangas, sin cuello, de punto de algodón sin perchar o de fibras sintéticas o artificiales, distintas del terciopelo, la felpa o los tejidos con bucles de punto, incluso de varios colores, que pueden tener motivos de tipo deportivo, decorativo o publicitario, con excepción de los encajes.

CONSIDERACIONES GENERALES

 

      Salvo que se trate de artículos de punto confeccionados, estecapítulo comprende las prendas y complementos, de vestir, es decir, los artículos para el vestido de hombres o niños, mujeres o niñas, así como los complementos que sirven para adornar o completar dichos artículos. Se clasifican también en este capítulo las partes de punto de prendas o complementos, de vestir. Sin embargo, no comprende los sostenes, fajas, corsés, tirantes, ligas, ligueros y artículos similares y sus partes de punto (p. 62.12).

 

      Los artículos de este capítulo pueden tener partes o accesorios, por ejemplo, de tejido, plástico, cuero, peletería, metal, plumas. Sin embargo, cuando estas partes excedan de la función de simples adornos, las prendas y complementos de vestir se clasifican de acuerdo con las Notas especiales de los capítulos (véanse, en especial, la Nota 4 del capítulo 43 y la Nota 2 b) del capítulo 67 en lo que se refiere respectivamente a la presencia de peletería y de partes de plumas) o, en su defecto, de acuerdo con las Reglas generales interpretativas.