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Sección IX

46.02

 

 

 

46.02    –    ARTÍCULOS DE CESTERÍA OBTENIDOS DIRECTAMENTE EN SU FORMA CON MATERIA TRENZABLE O CONFECCIONADOS CON ARTÍCULOS DE LA PARTIDA 46.01; MANUFACTURAS DE ESPONJA VEGETAL (PASTE O «LUFA»).

 

 

4602.10   –    De materia vegetal.

 

4602.90   –    Los demás.

 

 

   Salvo las exclusiones que figuran en las Consideraciones generales de este capítulo, esta partida comprende:

 

1°)    los artículos obtenidos directamente en su forma a partir de materias trenzables;

 

2°)    los artículos obtenidos a partir de los productos ya ensamblados de la partida 46.01, es decir, a partir de trenzas o de artículos similares o también de materias trenzables tejidas planas o paraletizadas.

 

   Sin embargo, esta partida no comprende los artículos terminados de la partida 46.01, a saber, las materias trenzables, las trenzas y los artículos similares de materias trenzables que tengan el carácter de artículos acabados por el hecho de estar tejidos o paralelizados, planos (por ejemplo, esteras, esterillas y cañizos) (véase la Nota explicativa de la partida 46.01, apartado B) 2); y

 

3°)    los artículos de lufa, tales como estropajos y guantes de fricción, incluso forrados.

 

   Se clasifican en esta partida principalmente:

 

1)         Las cestas (incluso con ruedas), los cestos y cuévanos de cualquier clase y para cualquier uso, incluidas las cestas para pescado o para frutas.

 

2)         Las banastas, canastas y envases similares de tablillas o cintas de madera entrelazadas. Sin embargo, estos artículos de tablillas o cintas de madera sin entrelazar se clasifican en la partida 44.15.

 

3)         Las maletas (valijas) y los baúles de viaje.

 

4)         Los capachos y bolsos de mano.

 

5)         Las nasas para pescados, jaulas para bogavantes y artículos similares; las jaulas para pájaros y las colmenas.

 

6)         Las bandejas, las cestas para servir el vino, sacudidores para limpiar alfombras y los artículos domésticos.

 

7)         Algunos motivos decorativos para modistas y demás ornamentos de fantasía que no constituyan artículos de la partida 67.02.

 

8)         Las fundas de paja para botellas. Estos artículos suelen tener forma de un cono hueco y están constituidos por tallos de paja o de materias similares toscamente paralelizados, sujetos por hilados o cuerdas de materias textiles.

 

9)      Las esteras obtenidas por ensamblado de trenzas largas en forma de rectángulos, círculos, etcétera, y sujeto el conjunto con cuerdas.