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Sección IX

46.012

 

 

 

2)          Los artículos similares, es decir, para los mismos usos que las trenzas o para usos similares, obtenidos por procedimiento distinto del trenzado, hechos también con materias trenzables ensambladas longitudinalmente en forma de cables o de bandas. Se clasifican principalmente aquí:

 

a)      Las bandas de formas diversas compuestas de dos o más elementos torcidos unidos o ensamblados, con exclusión de los motivos decorativos que se clasifican en la partida 46.02.

 

b)         Los productos (por ejemplo, los conocidos comercialmente con el nombre de cuerda de China o China cord) que consisten en una especie de cuerda de materia vegetal sin desfibrar, simplemente torcida o retorcida.

 

   Los artículos que preceden se destinan principalmente a la fabricación de sombreros, pero se utilizan también en el amueblado, la fabricación de calzado, 1a confección de artículos de espartería o cestería fina, etc.

 

   Los artículos de esta partida pueden tener hilados textiles que sirvan principalmente para el ensamblado o reforzado y pueden, además, contribuir a la consecución de un simple efecto ornamental.

 

B)        Materias trenzables, trenzas y artículos similares de materias trenzables, tejidos o paralelizados en forma plana, incluso terminados (por ejemplo, esterillas, esteras, cañizos).

 

   Los artículos de este grupo se obtienen directamente con las materias trenzables definidas en las Consideraciones generales de este capítulo o con trenzas y artículos similares de materias trenzables descritos en el anterior apartado A).

 

   Los obtenidos directamente con materias trenzables tienen forma plana, resultado bien de un tejido realizado con elementos o tiras, como las telas de trama y urdimbre, bien de elementos o tiras yuxtapuestos, dispuestos paralelamente y mantenidos planos con ligaduras o elementos transversales que sujetan los elementos paralelos sucesivos.

 

   Los artículos tejidos con urdimbre y trama aquí incluidos pueden estar constituidos por una urdimbre de materias trenzables y una trama de textiles hilados –o recíprocamente– con tal que los textiles hilados constituyan principalmente elementos de unión, admitiéndose que además puedan contribuir a la consecución de un simple efecto de colorido.

 

   Del mismo modo, en los tejidos de materias trenzables paralelizadas, las ligaduras transversales pueden estar compuestas por materias trenzables, por textiles hilados o por otras materias.

 

   Para obtener artículos planos con trenzas o artículos similares de materias trenzables descritos en el anterior apartado A), se utilizan procedimientos análogos de ligadura o de tejido.

 

   Los artículos de este grupo, que pueden estar reforzados o forrados con tejidos textiles o con papel, incluyen:

 

1)          Artículos semimanufacturados: tejidos de rafia, de roten y similares, así como pro­ductos más finos presentados en forma de tiras o bandas para sombrerería, tapicería, etcétera.

 

2)          Ciertos artículos terminados, por ejemplo:

 

a)      Las esteras (cubresuelos, etc.), en especial las esteras de China o de la India, de forma rectangular u otra, obtenidos por tejido o por yuxtaposición paralela de tiras de materia trenzable (o de trenzas o artículos similares de materias trenzables) que se ligan con otras materias trenzables, con cordeles, cuerdas, etc.

 

b)      Los cañizos, como los utilizados en agricultura.

 

c)      Las esterillas o paneles de mimbre etc., paneles de construcción de materias trenzables (paja, caña, etc.) paralelizados, comprimidos y atados a intervalos regulares con alambre. Estos paneles de construcción pueden estar recubiertos con cartón kraft en todas sus caras y cantos.

 

   Se excluyen de esta partida las alfombras de coco, sisal y similares que presenten un fondo o cañamazo de cordel, cuerda o de tejido (capítulo 57).