Sección XI
60.062
6006.24 - - Estampados
- De fibras sintéticas:
6006.31 - - Crudos o blanqueados
6006.32 - - Teñidos
6006.33 - - Con hilados de distintos colores
6006.34 - - Estampados
- De fibras artificiales:
6006.41 - - Crudos o blanqueados
6006.42 - - Teñidos
6006.43 - - Con hilados de distintos colores
6006.44 - - Estampados
6006.90 - Los demás
Esta partida comprende los tejidos de punto que no se clasifican en las partidas precedentes del capítulo.
Fundamentalmente, comprende el punto de mallas cogidas (de recogida) y el punto de ganchillo a mano, de anchura superior a 30 cm, sin hilados de elastómeros, ni hilos de caucho o con menos del 5% en peso de estos. Lo que debe entenderse por "punto de mallas cogidas" y "punto de ganchillo" está precisado en las Consideraciones generales de este capítulo, apartado A) I) B).
Se excluyen de esta partida:
a) Los apósitos medicamentosos o acondicionados para la venta al por menor (p. 30.05).
b) Las etiquetas, escudos y artículos similares de punto de la partida 58.07.
c) Los tejidos de punto bordados de la partida 58.10.
d) Los tejidos de punto del capítulo 59 y, en particular, los tejidos de punto impregnados, recubiertos, revestidos o estratificados, de las partidas 59.03 y 59.07, los tejidos de punto cauchutados (p. 59.06) así como las mechas de punto para lámparas, hornillos, velas y análogos y los tejidos tubulares de punto para la fabricación de manguitos de incandescencia, de la partida 59.08.
e) Los artículos confeccionados en el sentido de la Nota 7 de la sección XI (véase también el apartado II de las Consideraciones generales de la sección).
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