Sección XII
64.062
II. - POLAINAS Y ARTÍCULOS SIMILARES Y SUS PARTES
Los artículos comprendidos en esta partida son artículos diseñados para recubrir una parte mayor o menor de la pierna; muchos de ellos pueden recubrir el tobillo y el empeine y estar provistos de trabilla, pero a diferencia de las medias, calcetines, etc., no envuelven el pie.
Estos artículos están comprendidos aquí, cualquiera que sea la materia con la que están hechos (cuero, tela, fieltro, tejido de punto, etc.), exceptuado el amianto.
Estos artículos son los botines, los leggings y demás tipos de polainas.
Como artículos similares, se pueden citar las polainas en forma de bandas, los artículos llamados medias de montaña, medias tirolesas, etc., sin pie y con trabillas o sin ellas.
Esta partida comprende también las partes reconocibles de botines, polainas y artículos similares.
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Se excluyen de esta partida:
a) Las viras de longitud indeterminada de cuero natural, artificial o regenerado (p. 42.05), de plástico (capítulo 39) o de caucho (capítulo 40).
b) Las rodilleras y tobilleras (tales como las de tejido elástico con fines de sujeción y sostén de las articulaciones debilitadas). Estos artículos siguen el régimen de las manufacturas de la materia constitutiva.
c) Las polainas-pantalón y las medias-pantalón para niños (capítulos 61 ó 62).
d) Las partes y accesorios de calzados de amianto (p. 68.12).
e) Las plantillas interiores especiales para sostener el arco del pie, hechas a medida, y los aparatos de ortopedia (p. 90.21).
f) Las polainas, espinilleras, rodilleras y demás artículos de protección para la práctica de todos los deportes (p. 95.06).
g) Las fornituras y accesorios tales como puntas, pasadores, anillos de ojetes, corchetes, hebillas, protectores, galones, borlas, cordones, que se clasifican en sus partidas respectivas, así como los botones, botones de presión y similares (p. 96.06) y las cremalleras (p. 96.07).
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