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Sección XIII

70.183/191

 

  

D)     Otros artículos de abalorio, entre los cuales se pueden citar las imitaciones de coral.

 

E)      Manufacturas diversas de abalorio (excepto la bisutería) que se obtienen por ensamblado de algunos de los artículos unitarios anteriores. Se pueden citar entre ellas: las flores, ramajes. ornamentos y coronas de perlas; flecos de perlas o de tubitos para pantallas de lámparas, para divisiones de estanterías, etc.; las cortinas hechas con perlas o tubitos ensartados, así como los salvamanteles obtenidos de la misma manera; los rosarios formados con cuentas o piedras falsas de vidrio.

 

F)      Los ojos, excepto los de prótesis, sin mecanismo (para muñecas, autómatas, animales disecados, etc.); los ojos artificiales para prótesis, sin mecanismo, se clasifican en la partida 90.21 y los montados en forma de mecanismos para muñecas que se duermen, en la partida 95.02.

 

G)     Las estatuillas y demás objetos de adorno, excepto la bisutería, de vidrio ahilado, obtenido trabajando el vidrio pastoso con el soplete. Estos objetos consisten esencialmente en artículos de estanterías (reproducciones de animales y de plantas, figuritas, etc.) generalmente son de vidrio muy puro (cristal al plomo, strass, etc.) o de vidrio llamado esmalte.

 

H)     Las microesferas de vidrio con un diámetro que no exceda de 1 mm, utilizadas para la fabricación de paneles de señalización de carreteras, letreros luminosos, pantallas cinematográficas o para la limpieza de turborreactores de aviación o superficies metálicas. Estas microesferas son esferas con una forma perfecta, maciza.

 

      Las flores, ramajes y frutos de vidrio colado o moldeado, para la ornamentación de viviendas o usos similares, se clasifican en la partida 70.13. Los objetos de fantasía de vidrio ahilado combinados con metales preciosos o metales chapados con metales preciosos o bien la bisutería, se clasifican en el capítulo 71, salvo las disposiciones de las Notas de este capítulo.

 

      Se excluyen además de esta partida:

 

a)      El polvo y partículas de vidrio, frecuentemente plateados o coloreados artificialmente para aplicarlos en las tarjetas postales, accesorios para arboles de Navidad, etc. (p. 32.07).

b)      Los bolsos y demás artículos de piel o de tejido que lleven guarniciones de cuentas de vidrio, imitaciones de perlas  finas o de piedras preciosas o semipreciosas (p. 42.02).

c)      Las tarjetas postales, tarjetas de Navidad o similares con aplicaciones de abalorios (p. 49.09).

d)      Las manufacturas de materias textiles con aplicaciones de cuentas de vidrio (sección XI y principalmente la partida 58.10).

e)      Los tejidos revestidos con granos de vidrio (microesferas para la confección de pantallas cinematográficas) (p. 59.07).

f)       El calzado, los artículos de sombrerería y los bastones con guarniciones de cuentas de vidrio, de imitaciones de perlas finas o cultivadas o de piedras preciosas o semipreciosas (capítulos 64, 65 ó 66).

g)      Las imitaciones de perlas finas o cultivadas o de piedras preciosas o semipreciosas montadas o engastadas en metales preciosos o chapados de metales preciosos (p. 71.13 ó 71.14) o los artículos de bisutería de la partida 71.17 (véase la Nota explicativa correspondiente).

h)      Los gemelos (ps. 71.13 ó 71.17, según los casos).

ij)      Los juegos, juguetes, artículos para diversiones o fiestas, accesorios para árboles de Navidad (incluidas las bolas de vidrio delgado soplado para la decoración de estos últimos) (Capítulo 95).

k)      Los botones y botones de presión (p. 96.06 o capítulo 71, según los casos).

 

 

70.19 -      FIBRA DE VIDRIO (INCLUIDA LA LANA DE VIDRIO) Y MANUFACTURAS DE ESTA MATERIA (POR EJEMPLO: HILADOS, TEJIDOS) (+).

 

                                      -     Mechas, «rovings» e hilados, aunque estén cortados.

 

                   7019.11      - -         Hilos cortados («chopped strands»), de longitud inferior o igual a 50 mm.

 

                   7019.12      - -         «Rovings».

 

                   7019.19      - -         Los demás.