Sección XVI
85.093
DISPOSITIVOS AUXILIARES QUE SE PRESENTEN CON LOS APARATOS
DE ESTA PARTIDA
Numerosos aparatos de los citados anteriormente llevan dispositivos accesorios o partes intercambiables que los habilitan para varios usos. Tal es el caso, por ejemplo, de las aspiradoras con dispositivos para cepillar, lustrar, pulverizar insecticidas, o acompañadas de un juego de accesorios por medio de los cuales el aparato puede utilizarse como amasador o triturador de alimentos; las amasadoras de alimentos con accesorios para cortar, moler, batir, picar, etc.; las máquinas para cortar provistas de un dispositivo para aguzar o afilar los cuchillos; las fregadoras presentadas con un juego de cepillos de pulir o que lleven un depósito para el disolvente de limpieza y un dispositivo de succión para aspirar el agua sucia o la espuma de jabón. Estos dispositivos auxiliares y las partes intercambiables de esta clase se clasifican con los aparatos a los que acompañan, siempre que, de acuerdo con su número y naturaleza, estén en relación con dichos aparatos; sin embargo, el peso en exceso de las partes intercambiables o de los dispositivos auxiliares desmontables no se toma en consideración para determinar, llegado el caso, la clasificación del aparato.
Asimismo, siguen el régimen de los aparatos a los que equipan, los patines, ruedecillas y dispositivos similares en los que los aparatos electromecánicos de uso doméstico suelen estar montados para facilitar el uso.
PARTES
Salvo lo dispuesto con carácter general respecto a la clasificación de partes (véanse las Consideraciones generales de la sección), están igualmente comprendidas aquí las partes de los aparatos de la presente partida.
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Se excluyen además de esta partida:
a) Los ventiladores y campanas aspirantes para extracción o reciclado con ventilador incorporado, incluso filtrantes (p. 84.14).
b) Los refrigeradores (p. 84.18).
c) Las máquinas de planchar (ps. 84.20 u 84.51, según se trate o no de calandrias).
d) Las escurridoras centrífugas para ropa (p. 84.21) y las máquinas para lavar la ropa (p. 84.50).
e) Los lavavajillas (p. 84.22).
f) Las cortadoras de césped (p. 84.33).
g) Las batidoras de mantequilla (p. 84.34).
h) Los aparatos del tipo de las aspiradoras, especialmente diseñados para almohazar los caballos o el ganado (p. 84.36), incluso si, accesoriamente, pudieran servir para la limpieza de las paredes de los establos, cuadras, etc.
ij) Los aparatos para limpieza in situ de alfombras y moquetas, excepto los de limpieza en seco, concebidos para utilizarse en locales (distintos de los domésticos) como hoteles, moteles, hospitales, oficinas, restaurantes y escuelas (p. 84.51).
k) Las máquinas de coser (p. 84.52).
l) Los aparatos de depilar (p. 85.10).
m) Los aparatos electrotérmicos de uso doméstico (p. 85.16).
n) Los vibradores para masaje (p. 90.19).