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Sección XVI

85.364/371

 

 

 

3)      Los portalámparas para bombillas, válvulas, tubos, etc.; algunos adoptan formas es­peciales, tales como falsas velas que se montan en candelabros y en apliques de pared; esta particularidad no afecta a la clasificación, siempre que su función principal sea la de toma de corriente.

 

             Si se presentan montadas en los cables, las tomas de corriente siguen el régimen de los cables (p. 85.44).

 

B)     Los demás contactos. Son principalmente los racores de conexión y los conectores unipolares, así como los terminales (pinzas de cocodrilo, guardacabos, etc.) que se montan en el extremo de los conductores para facilitar la conexión.

 

             Pertenecen también a este grupo las regletas que se utilizan en radio o en otras ramas, que consisten generalmente en varillas o pletinas de materia aislante con un cierto número de contactos a los que se conectan los hilos, casi siempre mediante soldadura.

 

C)     Las cajas de conexión, de derivación, de corte, de bornes, etc. Se trata de cajas provistas interiormente de bornes o de otros dispositivos de conexión de hilos conductores eléctricos. Las cajas sin medios de conexión que sólo sirven para proteger o mantener un producto aislante en un empalme realizado independientemente, siguen el régimen de la materia constitutiva.

IV.- CONECTORES PARA FIBRAS OPTICAS, HACES O CABLES DE FIBRAS OPTICAS.
En esta partida la expresión  “conectores Conectores para fibras ópticas, haces o cables de fibras ópticas”  significa los conectores que se utilizan sólo para alinear mecánicamente las fibras ópticas, cabo a cabo, en un sistema lineal digital. No realizan ninguna otra función, como sería amplificación, regeneración o modificación de una señal. Los conectores para fibras ópticas, sin cables, permanecen clasificados en esta partida, pero los conectores para las fibras ópticas con cables se excluyen (partida 85.44 ó 90.01)
PARTES
                Salvo lo dispuesto con carácter general respecto a la clasificación de partes (véanse las Consideraciones Generales de la Sección XVI), las partes de los aparatos de esta partida se clasifican en la partida 85.38.

   
      Se excluyen además de esta partida:
a)      Las resistencias no lineales que dependan de la tensión (varistores) que se utilizan como limitadores de tensión (partida 85.33).
b)      Los ensamblados de aparatos (excepto los ensamblados de simples interruptores) comprendidos anteriormente (partida 85.37).
c)      Los diodos semiconductores que se utilizan como limitadores de tensión (partida 85.41).

 

 

85.37 -      CUADROS, PANELES, CONSOLAS, ARMARIOS Y DEMÁS SOPORTES EQUIPADOS CON VARIOS APARATOS DE LAS PARTIDAS 85.35 U 85.36, PARA CONTROL O DISTRIBUCIÓN DE ELECTRICIDAD, INCLUIDOS LOS QUE INCORPOREN INSTRU-MENTOS O APARATOS DEL CAPÍTULO 90, ASI COMO LOS APARATOS DE CONTROL NUMÉRICO, EXCEPTO LOS APARATOS DE CONMUTACIÓN DE LA PARTIDA 85.17.

 

                   8537.10      -     Para una tensión inferior o igual a 1.000 V.

 

                   8537.20      -     Para una tensión superior a 1.000 V.

 

Consisten en ensamblados de un cierto número de aparatos de las dos partidas precedentes (conmutadores, cortacircuitos, etc.) en un cuadro, tablero, panel, consola, pupitre, armario u otro soporte. Generalmente llevan también dispositivos de medida, así como, a veces, ciertos aparatos auxiliares, tales como transformadores, lámparas, reguladores de tensión, reóstatos, etc., o incluso diagramas luminosos que representan el circuito.