Sección XVIII
90.186
C) Los instrumentos dentales;
pertenecen a este grupo los instrumentos y aparatos siguientes, especialmente adecuados para veterinaria:
1) Instrumentos y aparatos para las ubres: pezonótomos (para dilatar o perforar los pezones de las ubres de las vacas para facilitar el ordeño), aparatos para el tratamiento de la fiebre puerperal de las vacas.
2) Los instrumentos y aparatos para la castración: emasculadores, mordazas (para atrofiar las glándulas genitales de los machos), tornillos y pinzas para capar, ovariótomos, etc.
3) Instrumentos y aparatos para los partos: cuerdas, correas y ronzales especiales, pinzas y ganchos obstétricos, avisadores, etc.
4) Instrumentos diversos: inyectores para la fecundación artificial; cortarrabos, cortacuernos; pulverizadores para el tratamiento de las enfermedades de las vías respiratorias, digestivas, urinarias, genitales, etc., de los animales; aparatos especiales de sujeción, es decir, los aparatos para inmovilizar a los animales durante las operaciones (anillas nasales, trabones, etc.); jeringuillas especiales para la administración de medicamentos y jeringuillas para llenar con anestésicos o medicamentos (sueros, vacunas, etc.), diseñadas para dispararlas a distancia a los animales en libertad, por ejemplo, mediante un rifle o una pistola de aire comprimido; artículos para administrar píldoras; bridas especiales para administrar brebajes; grapas para reabsorber las fisuras de los cascos; sexoscopios (instrumentos ópticos para determinar el sexo de los pollitos), etc.
Los triquinoscopios (aparatos ópticos para el examen de la carne de cerdo) se clasifican en la partida 90.11, los artículos de ortopedia para animales en la partida 90.21, las mesas de operaciones o de reconocimiento de los animales en la partida 94.02 (véanse las Notas explicativas correspondientes).
Las herramientas de los tipos utilizados indiferentemente por los veterinarios y los herradores, tales como pujavantes, cizallas para pezuñas o cascos, legrones, tenazas, manillas, así como las herramientas empleadas para marcar el ganado (tenazas-sacabocados, hierros para quemar los cascos, etc.) o para esquilar, se excluyen de esta partida y se clasifican en el capítulo 82.
III .- APARATOS ELECTROMÉDICOS
Esta partida comprende también los aparatos electromédicos en los que la electricidad desempeña un papel preventivo, curativo o de diagnóstico, con excepción de los aparatos de la partida 90.22 (aparatos de rayos X, aparatos de curieterapia o de gamaterapia, etc.). Entre ellos se pueden citar:
1) Los aparatos de electrodiagnóstico que comprenden:
1°) Los electrocardiógrafos, aparatos que permiten la inscripción de los movimientos del corazón obtenidos en forma de electrocardiogramas, mediante la utilización de las corrientes producidas por el músculo cardiaco cuando se contrae.
2°) Los fonocardiógrafos, especialmente utilizados para registrar en forma de fonocardiogramas los ruidos del corazón y que pueden funcionar también como electrocardiógrafos.
3°) Los cardioscopios, instrumentos complementarios de los precedentes que permiten la observación instantánea de cardiogramas o de fonocardiogramas.
4°) Los reocardiógrafos, aparatos eléctricos para la inscripción de los cambios de resistencia eléctrica producidos por la acción del corazón.
5°) Los electroencefalógrafos, para el examen del cerebro.
6°) Los electroesfigmógrafos para registrar la presión y el volumen arteriales.
7°) Los tonógrafos eléctricos, para registrar las variaciones de presión arterial, intravenosa o intracardial.