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Sección XXI

97.012/031

 

 

      Los marcos de cuadros, pinturas, dibujos, «collages» o cuadros similares sólo se clasifican en esta partida cuando sus características y valor estén en consonancia con dichos artículos; en los demás casos, los marcos siguen su propio régimen como manufacturas de madera, metal, etc. (véase la Nota 5 del presente capítulo).

 

 

97.02 -      GRABADOS, ESTAMPAS Y LITOGRAFÍAS ORIGINALES.

 

      Sólo están comprendidos en esta partida los grabados, estampas y litografías, antiguos o modernos, que se han obtenido directamente, en negro o en color, de una o varias planchas ejecutadas totalmente a mano por el artista, cualquiera que sea la técnica o la materia empleadas, con exclusión de todo procedimiento mecánico o fotomecánico (véase la Nota 2 del capítulo).

 

      La técnica del reporte, procedimiento utilizado por el artista litógrafo que dibuja previamente el tema en un papel llamado papel para reportar, para no tener que manipular una piedra pesada y embarazosa, no hace perder a las litografías así obtenidas el carácter de originales, siempre que se cumplan las demás condiciones indicadas más arriba.

 

      Los grabados pueden ser en dulce, a buril, a punta seca, al agua fuerte, punteados, etc.

 

      Las pruebas llamadas de artistas, incluso retocadas, están comprendidas en esta partida.

 

      Es difícil en esta materia distinguir el artículo original de la copia, la mixtificación o la reproducción; sin embargo, la presencia de una trama (por ejemplo, en el caso del fotograbado o del heliograbado), el número relativamente reducido de ejemplares tirados, la calidad del papel, frecuentemente la ausencia de marcas dejadas en el papel por la plancha, constituyen, principalmente, criterios que pueden dar una indicación.

 

      Los marcos de grabados, estampas o litografías sólo se clasifican en esta partida cuando sus características y valor están en consonancia con dichos artículos; en los demás casos, los marcos se clasifican siguiendo su propio régimen como manufacturas de madera, metal, etc. (ver la Nota 5 del presente capítulo).

 

      Las planchas de cobre, cinc, piedra, madera o cualquier materia corresponden a la partida 84.42.

 

 

97.03 -      OBRAS ORIGINALES DE ESTATUARIA O ESCULTURA, DE CUALQUIER MATERIA.

 

      Se trata aquí de obras antiguas o modernas ejecutadas por un escultor. Entre estas obras, que pueden ser de cualquier materia (piedra natural o artificial, barro cocido, madera, marfil, metal, cera, etc.), se distinguen las de bulto redondo o exento, que pueden apreciarse en todo su contorno (estatuas, bustos, figuras, grupos, reproducciones de animales, etc.) y los altos y bajos relieves, incluso las esculturas en relieve para conjuntos arquitectónicos.

 

      Las manufacturas de esta partida pueden obtenerse por diferentes procedimientos, principalmente los siguientes: en uno de estos procedimientos el artista (escultor) esculpe la obra en materias duras, en otro, el artista (estatuaria) modela con materias blandas las figuras que se colarán en bronce o en escayola, o se endurecerán al fuego o por otro procedimiento o, incluso, las reproducirá en mármol o en cualquier materia dura, el propio escultor.

 

      En este último procedimiento, el artista trabaja, generalmente, como sigue:

 

      Empieza por plasmar su idea en una maqueta, generalmente de tamaño reducido, que esboza en barro o en otra materia plástica. De acuerdo con esta maqueta, modela en barro lo que se llama proyecto. Éste no se vende generalmente y se destruye después de haber servido para el vaciado de un número muy limitado de ejemplares fijado previamente por el artista o incluso se conserva en un museo para estudio. Entre estas reproducciones se encuentra en primer lugar la prueba llamada modelo de escayola. Este último se utiliza como modelo para la ejecución de la obra en piedra o madera, o bien, sobre este modelo de escayola se hacen los moldes para la fundición con metal o cera.