Sección XVI
85.472/481
Dichas piezas se presentan en formas muy diversas. Están comprendidos aquí los artículos, tales como horquillas, zócalos y otras partes aislantes de interruptores, conmutadores, etc., los soportes de fusibles, de resistencias o de bobinas, los bloques interiores de casquillos para lámparas, las regletas de unión y los terminales sin las piezas de conexión ni otras piezas metálicas, los núcleos aislantes para bobinados diversos, los cuerpos de bujías de ignición o de caldeo, etc.
Se excluyen de esta partida las piezas que, aunque sean totalmente de materias aislantes o lleven simples piezas metálicas de unión embutidas en la masa, no estén especialmente diseñadas para utilizarlas con fines de aislamiento eléctrico, tales como, recipientes, tapas y separadores para acumuladores (p. 85.07).
B. - TUBOS AISLADORES Y SUS PIEZAS DE UNIÓN,
DE METAL COMÚN AISLADOS INTERIORMENTE
Este grupo se refiere a los tubos aisladores de metal común aislados interiormente, así como, con las mismas condiciones, a las piezas de unión. Estos tubos se utilizan en instalaciones eléctricas, principalmente en las instalaciones domésticas, para aislar y proteger los conductores eléctricos. A veces, se utilizan también para fines similares tubos metálicos sin aislar interiormente, pero se clasifican en la sección XV.
Estos tubos consisten en una banda de metal enrollada en espiral alrededor de un tubo de materia aislante, o bien, en un tubo metálico rígido, generalmente de hierro o acero, recubierto o forrado interiormente de materia aislante, que puede consistir en papel o cartón, caucho, plástico, etc., o, incluso, en un barniz especial. Sin embargo, los tubos metálicos recubiertos interiormente con una capa de barniz simplemente destinada a protegerlos contra la corrosión se clasifican en la sección XV.
Las piezas de unión que consisten en manguitos, cajas, codos, tes, cruces, etc. Su estructura es la misma que la de los tubos y, como éstos, sólo están comprendidas aquí con la condición de que sean de metales comunes y estén aisladas interiormente.
Las uniones, tales como tes, cruces, etc., que lleven piezas de conexión eléctrica siguen el régimen de éstas (ps. 85.35 u 85.36).
Los tubos y demás canalizaciones de materias aislantes (caucho, plástico, textiles trenzados, hilados de vidrio, etc.) sin funda metálica siguen el régimen de la materia constitutiva, salvo que se trate de aisladores de la partida 85.46.
85.48 - DESPERDICIOS Y DESECHOS DE PILAS, BATERÍAS DE PILAS O ACUMULADORES, ELÉCTRICOS; PILAS, BATERÍAS DE PILAS Y ACUMULADORES, ELÉCTRICOS, INSERVIBLES; PARTES ELÉCTRICAS DE MÁQUINAS O APARATOS, NO EXPRESADAS NI COMPRENDIDAS EN OTRA PARTE DE ESTE CAPÍTULO.
8548.10 - Desperdicios y desechos de pilas, baterías de pilas o acumuladores, eléctricos; pilas, baterías de pilas y acumuladores, eléctricos, inservibles
8548.90 - Los demás
A. - DESPERDICIOS Y DESECHOS DE PILAS, BATERÍAS DE PILAS
O ACUMULADORES ELÉCTRICOS; PILAS, BATERÍAS DE PILAS
Y ACUMULADORES ELÉCTRICOS INSERVIBLES
Esta partida comprende los desperdicios y desechos de pilas, baterías de pilas o acumuladores eléctricos, así como, las pilas, baterías de pilas y acumuladores, eléctricos, inservibles, tal y como se definen en la Nota 7 de este Capítulo.