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Sección IV

23.092

  

 

 

2)      completar los piensos producidos en las explotaciones agrícolas mediante aportación de determinadas sustancias orgánicas e inorgánicas (piensos complementarios);

 

3)      o, incluso, a la fabricación de piensos completos o complementarios.

 

Están incluidos en esta partida los productos del tipo de los utilizados en la alimentación de los animales, obtenidos por tratamiento de materias vegetales o animales que, por este hecho, hayan perdido las características esenciales de la materia original, por ejemplo, en el caso de productos obtenidos a partir de materias vegetales, los que se han sometido a un tratamiento tal que las estructuras celulares específicas de la materia vegetal original ya no son reconocibles al microscopio.

 

 

I. – PREPARACIONES FORRAJERAS CON MELAZA O AZUCAR AÑADIDOS

 

Consisten en mezclas de melaza u otras sustancias azucaradas análogas en proporción generalmente superior al 10% en peso con uno o varios elementos nutritivos. Están destinadas, en general, a la alimentación de bovinos, ovinos, equinos o porcinos.

 

Además de su valor nutritivo, la melaza hace más apetecible el pienso y permite, por tanto, revalorizar determinados productos de escaso valor energético y poco apreciados por los animales, tales como la paja, el cascabillo de cereales, las pajuelas de lino y los orujos de frutas u otros frutos.

 

Estas preparaciones son, en general, directamente utilizables en la alimentación animal. Algunas, en las que la melaza se adiciona a alimentos de gran valor nutritivo, tales como el salvado de trigo, las tortas de palmiste o de copra, se emplean, sin embargo, para la fabricación de piensos completos o de piensos complementarios.

 

 

II. – LAS DEMAS PREPARACIONES

 

A. – PREPARACIONES QUE SE DESTINAN A PROPORCIONAR AL ANIMAL

LA TOTALIDAD DE LOS ELEMENTOS NUTRITIVOS NECESARIOS PARA UNA

ALIMENTACIÓN COTIDIANA RACIONAL Y EQUILIBRADA (PIENSOS

COMPUESTOS «COMPLETOS»)

 

Estas preparaciones se caracterizan por contener productos pertenecientes a cada uno de los tres grupos de elementos nutritivos siguientes:

 

1)     Elementos nutritivos llamados energéticos, que consisten en materias hidrocarbonadas, tales como almidón, azúcar, celulosa y grasas, las cuales quema el organismo animal para producir la energía necesaria para la vida y para las diferentes producciones zootécnicas. Se pueden citar como ejemplos de sustancias de este tipo, los cereales, la remolacha semiazucarera, el sebo, la paja.

 

 

2)     Elementos nutritivos ricos en sustancias proteicas o minerales, llamados de construcción. A diferencia de los precedentes, estos elementos no los quema el organismo animal, sino que intervienen en la formación de tejidos y de los diferentes productos animales (leche, huevos, etc.). Están constituidos esencialmente por materias proteicas o por materias minerales. Se pueden citar como ejemplo de materias ricas en sustancias proteicas utilizadas con este fin, las semillas de leguminosas, las heces de cervecería, las tortas de la extracción de aceite y los subproductos lácteos.

 

Respecto de las materias minerales, sirven principalmente para la formación de la osamenta del animal y, en lo que concierne a las aves, de la cáscara (cascarón) de los huevos. Las principalmente utilizadas contienen calcio, fósforo, cloro, sodio, potasio, hierro, yodo, etc.

 

3)    Elementos nutritivos de funcionamiento. Son sustancias que favorecen la adecuada asimilación por el organismo animal de los elementos hidrocarbonados, proteicos o minerales. Son las vitaminas, los oligoelementos, los antibióticos. La insuficiencia o ausencia de estas sustancias origina, en efecto, en la mayor parte de los casos, trastornos en la salud del animal.