Sección IV
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Estos tres grupos de elementos cubren la totalidad de las necesidades alimenticias de los animales. La mezcla y proporciones respectivas se establece, como es lógico, en función de una producción zootécnica determinada.
B – PREPARACIONES DESTINADAS A COMPLETAR, EQUILIBRÁNDOLOS,
LOS ALIMENTOS PRODUCIDOS EN LAS EXPLOTACIONES AGRÍCOLAS
(ALIMENTOS «COMPLEMENTARIOS»)
Las sustancias producidas en las explotaciones agrícolas, en general, son bastante pobres en materias protéicas, minerales o en vitaminas. Las preparaciones destinadas a remediar estas insuficiencias de manera que los animales se beneficien de una dieta equilibrada, están compuestas, por una parte, de estas últimas materias y, por otra, de un complemento de materias energéticas (hidrocarbonadas) que sirven de soporte a los demás componentes de la mezcla.
Aun cuando, desde un punto de vista cualitativo, la composición de estas preparaciones sea sensiblemente análoga a la de las preparaciones consideradas en la parte A anterior, se diferencian, sin embargo, de estas últimas, por su contenido relativamente elevado de uno u otro de los elementos nutritivos que entran en su composición.
Pertenecen a este grupo:
1) Los productos llamados solubles de pescado o mamíferos marinos, que se presentan en forma líquida o de disolución espesa, en pasta o desecados y se obtienen por concentración y estabilización de las aguas residuales ricas en elementos hidrosolubles (proteínas, vitaminas del grupo B, sales, etc.) y proceden de la fabricación de harina y aceite de pescado o mamíferos marinos.
2) Los concentrados completos de proteínas de hojas de color verde y los concentrados fraccionados de proteínas de hojas de color verde, obtenidos por tratamiento térmico del jugo de alfalfa.
C.– PREPARACIONES DESTINADAS A LA FABRICACIÓN DE LOS ALIMENTOS
«COMPLETOS» O «COMPLEMENTARIOS» DESCRITOS EN LOS APARTADOS
A Y B ANTERIORES
Estas preparaciones, denominadas premezclas, son, en general, composiciones de carácter complejo que comprenden un conjunto de elementos (llamados a veces aditivos), cuya naturaleza y proporciones están fijadas en orden a una producción zootécnica determinada. Estos elementos son de tres clases:
1) los que favorecen la digestión y, de forma más general, la utilización de los alimentos por el animal y salvaguardan su estado de salud: vitaminas o provitaminas, aminoácidos, antibióticos, coccidiostáticos, oligoelementos, emulsionantes, sustancias aromáticas y aperitivas, etc.;
2) los destinados a asegurar la conservación de los alimentos, en particular de las grasas que contiene, hasta su consumo por el animal: estabilizantes, antioxidantes, etc.;
3) los que desempeñan el papel de soporte y que pueden consistir bien en una o varias sustancias orgánicas nutritivas (principalmente, harina, harina de mandioca (yuca) o de soja (soya), moyuelos, levadura, residuos diversos de las industrias alimentarias), bien en sustancias inorgánicas (por ejemplo: magnesita, creta, caolín, sal, fosfatos).
Para asegurar que las sustancias citadas en el apartado 1) anterior se dispersen y se mezclen homogéneamente en el compuesto alimenticio al que se agregan, es necesario fijar la proporción de estas sustancias y la naturaleza del soporte.
También se clasifican aquí, siempre que sean del tipo de las utilizadas en la alimentación de animales: