Sección XI
CG3
2) Los hilados de crin entorchados y los hilados metálicos se consideran como una materia textil propia y el peso que hay que tomar en consideración es el peso total.
3) Los hilos de metal se consideran como una materia textil para la clasificación de los tejidos a los que estén incorporados.
4) Cuando los dos capítulos 54 y 55 deban tenerse en cuenta con otro capítulo, esos dos capítulos se considerarán como si fueran un solo y único capítulo.
Ejemplo:
Un tejido formado por:
35% en peso de filamentos sintéticos
25% en peso de fibras sintéticas discontinuas, y
40% en peso de lana peinada,
no se clasifica en la partida 51.12 (tejidos de lana peinada) sino, por el contrario, en la partida 54.07 (tejidos de hilados de filamentos sintéticos), ya que deben acumularse, en este caso, las proporciones de filamentos sintéticos y de fibras sintéticas discontinuas.
5) Las cargas o aprestos, así como los productos de impregnación, recubrimiento, revestimiento o enfundado que pudieran estar incorporados a las fibras textiles, se consideran materias textiles; dicho de otra forma, el peso que debe tenerse en cuenta es el de las fibras textiles en el estado en que se presentan.
Para determinar si las materias añadidas están constituidas principalmente por una materia textil dada, conviene tener en cuenta la materia textil que predomine en peso sobre cualquiera de las demás materias textiles que entren en su composición.
Ejemplo:
Un tejido que no exceda de 200 g/m2, formado por:
55% en peso de algodón,
22% en peso de fibras sintéticas o artificiales,
21% en peso de lana y
2% en peso de seda
no se clasifica en la partida 52.12 (los demás tejidos de algodón) sino, por el contrario, en la partida 52.10 (tejidos de algodón mezclados exclusiva o principalmente con fibras sintéticas o artificiales, con menos de 85% en peso de algodón, de gramaje igual o inferior a 200 g/m2).
B. - Hilados
1) Generalidades.
Los hilados textiles pueden ser sencillos, retorcidos o cableados. Para la aplicación de la Nomenclatura se consideran:
1°) Hilados sencillos, los hilados constituidos:
a) bien por fibras discontinuas generalmente unidas por torsión (hiladas);
b) o bien por un filamento (monofilamento) de las partidas 54.02 a 54.05, bien por dos o más filamentos (multifilamentos) de las partidas 54.02 ó 54.03, que se mantienen unidos con torsión o sin ella (hilados continuos).
2°) Hilados retorcidos, los hilados constituidos por dos o más hilados sencillos, incluso los obtenidos a partir de monofilamentos de las partidas 54.04 ó 54.05 (torcidos a 2, 3, 4 o más cabos) unidos por una operación de torcido. Sin embargo, no se consideran retorcidos los hilados constituidos exclusivamente por monofilamentos de las partidas 54.02 ó 54.03 unidos por torsión.