Sección XIII
68.142/151
Dada su gran resistencia al calor y su relativa translucidez, la mica se utiliza principalmente para la fabricación de mirillas de hornos o de hogares, puertas con mirillas para aparatos de calefacción (estufas, etc.), de cristales de gafas de protección para obreros o de tubos de lámparas irrompibles. Pero por sus excelentes propiedades dieléctricas encuentra sus principales aplicaciones en electrotecnia, principalmente en la construcción de motores, generadores, transformadores, condensadores, resistencias, etc. Conviene por otra parte observar a este respecto que, los aisladores y demás piezas aislantes de mica para máquinas, aparatos o instalaciones eléctricas, incluso sin montar, se clasifican en las partidas 85.46 a 85.48; los condensadores con dieléctrico de mica se clasifican en la partida 85.32.
Se excluyen también de aquí:
a) La mica en polvo y los desechos de mica (p. 25.25).
b) El papel y cartón recubiertos de polvo de mica (ps. 48.10 ó 48.14), lo mismo que los tejidos recubiertos con polvo de mica (p. 59.07), que no hay que confundir con los agregados de mica o la mica reconstituida descrita anteriormente.
c) La vermiculita dilatada y exfoliada de la partida 68.06 (véase a este respecto, la Nota explicativa correspondiente).
d) Las gafas de protección de mica y los cristales para las mismas (p. 90.04).
e) La mica presentada en forma de accesorios para árboles de Navidad (.p 95.05).
68.15 - MANUFACTURAS DE PIEDRA O DEMÁS MATERIAS MINERALES (INCLUIDAS LAS FIBRAS DE CARBONO Y SUS MANUFACTURAS Y LAS MANUFACTURAS DE TURBA), NO EXPRESADAS NI COMPRENDIDAS EN OTRAS PARTIDAS.
6815.10 - Manufacturas de grafito o de otros carbonos para usos distintos de los eléctricos.
6815.20 - Manufacturas de turba.
- Las demás manufacturas:
6815.91 - - Que contengan magnesita, dolomita o cromita.
6815.99 - - Las demás.
Esta partida engloba las manufacturas de piedra o de otras materias minerales no expresadas ni comprendidas en las partidas precedentes del presente capítulo o en otras partidas de la Nomenclatura, con exclusión, en consecuencia, de los artículos que constituyan productos cerámicos del capítulo 69.
Se clasifican aquí, entre otros, los siguientes productos:
1) Las manufacturas de grafito natural o artificial (incluso de pureza nuclear) o de otros carbonos para usos distintos de los eléctricos y principalmente: los filtros, arandelas, cojinetes, tubos y fundas, así como los ladrillos y baldosas que hayan sido trabajados; los moldes para la fabricación de piezas pequeñas de relieve fino (por ejemplo, monedas, medallas o soldados de plomo para colecciones).
2) Las fibras de carbono, así como las manufacturas de estas mismas materias. Las fibras de carbono se producen corrientemente por carbonización de polímeros orgánicos en forma de filamentos. Se utilizan, por ejemplo. como productos de refuerzo.
3) Las manufacturas de turba (por ejemplo, placas, coquillas o tiestos para el cultivo de plantas); sin embargo, los artículos textiles de fibras de turba se clasifican en la sección XI.
4) Los ladrillos sin cocer de dolomita sinterizada aglomerada con alquitrán.