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Sección XIII

68.152

 

  

5)      Los ladrillos y demás artículos (principalmente artículos de magnesita o de cromomagnesita) simplemente aglomerados con un aglutinante químico pero sin cocer. Estos artículos se cuecen durante el primer calentamiento del horno al que han sido incorporados. Cuando se presenten cocidos, estos artículos se clasifican en las partidas 69.02 ó 69.03.

 

6)      Las cubas de sílice y de alúmina sin cocer ( p.e. para la fabricación de vidrio ).

 

7)      Las piedras de toque para el ensayo de los metales preciosos, sean o no piedras naturales (en especial, la lidita o piedra de lidia, negra, rugosa, muy dura y de grano fino y compacto, resistente a los ácidos).

 

8)      Las manufacturas (adoquines, losas, etc.) obtenidos por fusión y compresión en moldes, sin aglomerante, de escorias de altos hornos, que no tengan el carácter de manufacturas para aislamiento térmico de la partida 68.06.

 

9)      Los tubos filtrantes de cuarzo o de sílex molido o aglomerado.

 

10)       Los bloques, placas y otras artículos de basalto fundido se utilizan, por su gran resistencia, para revestir; por ejemplo en tuberías, en canjilones transportadores o en rampas para coque, carbón, minerales, grava, piedras, etc.

 

      Se excluyen también de esta partida:

 

a)      Los bloques, plaquitas y semiproductos similares de grafito o de otros carbonos utilizados principalmente para la fabricación por corte de escobillas para usos eléctricos (p. 38.01, véase la Nota explicativa correspondiente).

b)      Las manufacturas refractarias al fuego, cocidas como los productos cerámicos, a base de materias carbonadas (grafito, coque, etc.) y de pez de alquitrán o de arcilla (ps. 69.02 ó 69.03, según los casos).

c)      Los carbones, escobillas, electrodos y demás piezas u objetos para usos eléctricos (p. 85.45).

 

 

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