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Sección XX

96.132/151

 

 

      La clasificación de los encendedores o mecheros combinados con otros objetos (por ejemplo, pitilleras, polveras, relojes con indicador digital, generalmente, o calculadoras electrónicas) se rige por las Reglas interpretativas de la Nomenclatura.

 

      Se clasifican también en esta partida las partes reconocibles como tales (envolventes exteriores, ruedecitas, depósitos de combustible llenos o vacíos, etc.).

 

      Se excluyen, sin embargo, los encendedores de la partida 36.03, las piedras (p. 36.06) y las mechas (ps. 59.08 ó 70.19), así como los simples recipientes del tipo de los utilizados para cargar o recargar los encendedores o mecheros (ampollas. frascos, latas, etc.) (p. 36.06, generalmente).

 

 

96.14 -     PIPAS (INCLUIDAS LAS CAZOLETAS), BOQUILLAS PARA CIGARROS (PUROS) O CIGARRILLOS, Y SUS PARTES.
             Esta partida comprende:
1)      Las pipas completas para fumadores, de cualquier clase y tipo, de una o varias piezas (pipas rectas, curvas, pipas de los indios americanos, chibuquís (pipas turcas), narguiles, etc.).
2)      Las cazoletas para pipas.
3)      Las boquillas para cigarros y cigarrillos.
4)      Los escalabornes, pequeños bloques de madera o de raíz de brezo, toscamente esbozados que sólo pueden servir para la fabricación de pipas.
      Las materias empleadas más frecuentemente en la fabricación de pipas, boquillas, embocaduras y cañones son la tierra cocida y otras materias cerámicas, la madera (boj, cerezo silvestre, peral, etc.), la raíz de brezo, el ámbar, espuma de mar, copal, marfil, nácar, ebonita, esteatita y arcilla.
      Se clasifican también en esta partida, independientemente de las embocaduras y cañones, las partes siguientes: tapas de pipas, cazoletas absorbentes, virolas, piezas interiores, incluso los cartuchos  filtrantes, etc.
      Se excluyen de esta partida los accesorios de los artículos anteriores, tales como escobillas, limpiapipas, etc., que siguen su propio régimen.

 

 

96.15 -      PEINES, PEINETAS, PASADORES Y ARTÍCULOS SIMILARES; HORQUILLAS; RIZADORES, BIGUDÍES Y ARTÍCULOS SIMILARES PARA EL PEINADO, EXCEPTO LOS DE LA PARTIDA 85.16, Y SUS PARTES.

 

                                      -     Peines, peinetas, pasadores y artículos similares:

 

                   9615.11      - -         De cancho endurecido o de plástico.

 

                   9615.19      - -         Los demás.

 

                   9615.90      -     Los demás.

 

      Esta partida comprende:

 

1)      Los peines de cualquier clase para el peinado o el aseo (peines finos, peines de bolsillo, escarpidores, lendreras, etc.), incluidos los peines para animales.